Artículo de opinión escrito por Fernando Maldonado, Country Manager Perú de Araya & Cía. Abogados.
La pandemia llegó y afectó todos los ámbitos de nuestra vida. Desde el encierro total en nuestras viviendas, hasta la falta de productos que alguna vez parecieron comunes y corrientes. Hoy, dos años más tarde, todavía podemos ver y experimentar algunas consecuencias de la pandemia, eso sí, disfrazadas de una “nueva normalidad”. Esta nueva normalidad, viene afectando duramente el transporte de carga internacional, dando pie a situaciones que nunca antes se habían visto. Una puja constante por espacios en las embarcaciones, además de un aumento radical en las tarifas de embarque, han hecho del transporte internacional una verdadera pesadilla.
Otra problemática común en el transporte internacional, a consecuencia de la pandemia, es justamente el retraso en el traslado de productos, lo que para la industria hortofrutícola representa, indudablemente, una sentencia de muerte. Las largas demoras en los envíos parecen dejar atrás aquellos días en que los tiempos estimados de traslado eran sinónimo de precisión, dando paso a una incertidumbre que nos afecta a todos. Estas situaciones son pan de cada día y, la peor parte es que nadie se está haciendo responsable.
La responsabilidad es, precisamente, uno de los temas más complejos que trajo la pandemia. Vemos, por un lado, que las compañías de seguro no están cubriendo el retraso en transporte o, lo que sorprende más, han introducido una serie de exigencias en su cobertura que hacen que la cláusula de retraso en sus pólizas parezca letra muerta. Solo por mencionar algunos ejemplos, podemos decir que las aseguradoras pasaron de indemnizar el retraso desde el día 3, a exigir que el retraso sea superior a 20 días. Esto sin siquiera mencionar que el valor de esta cláusula está por las nubes. Por otro lado, para aquellos que exportan sin seguro, reclamar contra el transportista siempre ha sido un camino largo, difícil y cargado de tecnicismos, cuestión que se traduce en un impedimento fáctico para que se pueda exigir responsabilidad en ellos.
Sobre esta difícil situación es que parecieran empezar a soplar vientos esperanzadores para los exportadores en Perú. Recién el pasado 1 de abril comenzó a regir en el país la Ley de Hamburgo. Esta ley, que data del año 1978, comprende un conjunto de normas internacionales que tienen como fin la regulación del transporte internacional de bienes por vía marítima. ¿Y cómo es que trae esperanza? La respuesta es que esta no pudo entrar en vigencia en un mejor momento para los exportadores peruanos. Este manto normativo viene a dar protección a las situaciones que, producto de la crisis sanitaria, se vienen generando; basada en principios internacionales de aplicación general, esta ley permite asegurar a los exportadores que el retraso en el envío de mercadería no quedará exento de responsabilidades.
Dentro de los principales cambios que introduce este cuerpo normativo a las reglas del transporte internacional, podemos mencionar, en primer lugar que el peso de la prueba se establece en contra del transportista, es decir, son ellos quienes tienen que probar que no tuvieron responsabilidad alguna en el retraso e hicieron todo de forma correcta. En segundo lugar, esta ley ha duplicado el tiempo que tienen los exportadores para dirigirse a los transportistas para exigir responsabilidad, pasando la prescriptibilidad de las acciones de reclamo de uno a dos años. Por último, dentro de los aspectos más destacables, podemos mencionar que este cuerpo normativo regula y sanciona de forma clara el retraso en el transporte de mercaderías, cuestión que antes de abril no tenía regulación en Perú. Estas y otras modificaciones a las reglas del juego, hacen algo que la antigua ley no hacía, dar al exportador la oportunidad de reclamar.
Es a partir de estas nuevas reglas de juego que podemos decir que están soplando vientos esperanzadores. Con este cuerpo normativo y su entrada en vigencia, se generan nuevas oportunidades para establecer responsabilidades y obtener una indemnización por parte del transportista, así como dejar de ser tan dependientes de los criterios que impone la compañía de seguros.
En Araya & Cía. contamos con más de 18 años de experiencia reclamando responsabilidad directamente del transportista, por lo que conocemos perfectamente las ventajas que trae la entrada en vigencia de la Ley de Hamburgo en Perú. Queremos ser un aliado de todos los exportadores para que puedan sentirse seguros de enviar sus productos a los destinos que quieran, con la certeza de tener el respaldo de una oficina de abogados especialistas en la materia y que nunca los dejarán solos.