Desde el punto de vista de los exportadores de frutas, la COVID-19 ha traído varios problemas logísticos internos: campos trabajando a media marcha, disminución de la mano de obra, implementación de complicados protocolos sanitarios, retrasos en la cadena de suministros, necesidad de incurrir en mayores gastos para la implementación de cambios en las operaciones, entre otros.
A pesar de lo anterior, el lado positivo de la historia es que, en razón a que las personas consideran a la fruta fresca –y en especial a los cítricos- como un alimento saludable que refuerza el sistema inmunológico frente a la COVID-19, la demanda de cítricos se ha mantenido estable en los mercados de destino y, como consecuencia, los volúmenes de exportación se encuentran actualmente dentro de los rangos esperados.
Ahora bien, sobre la base de lo arriba expuesto, lo último que el exportador peruano necesitaría es que a todo el conjunto de inconvenientes locales que tiene hoy, también se le sumen problemas internacionales a la hora de comercializar su producto. A continuación, exponemos dos consejos que los exportadores deben tomar en cuenta para evitar contratiempos cuando su producto salga de las fronteras de Perú.
Consejo I: Principales Resguardos Legales desde un Punto de Vista General – Relación con el Transportista y el Recibidor.
Para los exportadores de cítricos, que ya tienen su fruta en tránsito al mercado de destino o que la tendrán en el futuro próximo, es esencial tomar medidas preventivas que puedan protegerlos de posibles riesgos que nazcan en el proceso de transporte o comercialización de su mercadería. Dichas medidas pueden ser:
- Contratar seguros de crédito que protejan de las políticas implementadas por los países de destino, a lo que se le llama Riesgo Político.
- Contratar seguros de transporte y realizar surveys sobre la fruta en caso de retrasos de más de tres días por parte del transportista.
- Realizar Quality Controls de toda la mercadería en puerto de destino.
- Presentar claims a las navieras en caso de retrasos.
- Mantener comunicación escrita con el recibidor en relación al proceso de recepción de la mercadería y precios del mercado.
- Firmar contratos con los importadores donde se establezcan las condiciones comerciales de manera clara.
Consejo II: El Caso Específico del retraso en el transporte internacional de la mercadería.
El potencial retraso de los transportistas internacionales, y en especial el de las navieras, es una situación que está generando muchas preocupaciones a los exportadores frutícolas, hoy en día. Esta inquietud no es de ninguna manera infundada, basta recordar las largas filas de barcos intentando entrar a China durante los primeros meses del año y, como si esto no fuera suficiente, la posterior interminable estadía de los containers en puerto, una vez que los mismos eran descargados de los barcos.
Frente a la anterior situación, la estrategia para paliar las consecuencias de un potencial retraso en el transporte internacional dependerá de si el exportador contrató o no un seguro de transporte. En caso de que no lo haya hecho, el exportador solo puede presentar un claim al transportista; mientras que haber contratado un seguro, le permitirá presentar el claim al transportista y, además, acudir al seguro para que se le indemnice por los daños generados.
Los claims tienen como objetivo crear un precedente con el cual será más fácil demostrar la responsabilidad del transportista si la mercadería presenta daños a su llegada a puerto de destino. Lo anterior no solo sirve para exigirle al transportista una indemnización por los daños generados, sino también para facilitar la ejecución de la póliza del seguro en caso de que se haya contratado uno.
Hay algunos elementos que debemos tener presentes: (i) Usualmente los transportistas o aseguradoras no responden por retrasos menores a tres días; (ii) Siempre se debe realizar un quality control de la mercadería a su arribo a puerto de destino pues este procedimiento ayuda a dejar constancia de su calidad y condición a la llegada; y, (iii) Usualmente los seguros requieren que se haga un survey –el cual es como un quality control- más especializado para que se comprueben los daños y determinar si procede o no la indemnización.
Sin duda el COVID-19 está trayendo un conjunto innumerable de consecuencias, algunas previsibles y otras no tanto, a los exportadores peruanos. Como firma de abogados, nuestra recomendación es que tomen ya las medidas preventivas, sin esperar a que surjan los problemas, cuando, posiblemente, sea muy tarde para buscar soluciones.
A título de conclusión, me gustaría decirle directamente al exportador que, si toma en consideración los dos consejos nombrados, podrá dormir tranquilo sabiendo que su mercadería –su inversión- se encuentran mucho más protegida frente a inconvenientes en el intrincado campo del comercio internacional.